Hasta el 22 de mayo, las familias que requieran matricular a sus hijas e hijos en escuelas públicas de educación básica especial o educación básica regular –con excepción de los Colegios de Alto Rendimiento– pueden registrar su solicitud en la plataforma virtual que el Ministerio de Educación (Minedu) ha habilitado para que las niñas, niños y adolescentes continúen con sus estudios en el año 2020.
Este proceso de matrícula es excepcional, pues se ha diseñado dadas las circunstancias generadas por la emergencia sanitaria, y está previsto solo para el año 2020. A todos aquellos que registren su solicitud de matrícula se les asignará una vacante que podrán aceptar o rechazar.
La solicitud debe ser registrada en la plataforma www.matricula2020.pe y para eso no es necesario presentar físicamente ningún documento. Cuando se retome el servicio presencial, la o el director(a) de la institución educativa a la que se haya asignado al estudiante puede solicitar la documentación correspondiente. Es importante precisar que el registro en la plataforma solo puede ser realizado por los representantes legales del estudiante, como el padre, la madre, abuelos o hermanos mayores de edad.
Si el representante legal no es de nacionalidad peruana podrá registrarse con cualquier otro tipo de documento que acredite su identidad. Si el representante es peruano se verificará con la información de RENIEC.
Las familias pueden registrar dos tipos de solicitudes: 1) La de primer ingreso, que aplica para personas que nunca han estudiado en el sistema educativo peruano y usualmente ocurre en el nivel inicial o primaria; y 2) la de traslado, que implica que la matrícula que se hizo originalmente en un colegio público o privado pasará a un colegio público.
El Minedu se basará en la dirección declarada en la solicitud y en la medida de lo posible asignará una vacante en el colegio más cercano. Para ello es indispensable identificar en el mapa de la plataforma la ubicación de la dirección del domicilio actual del estudiante, a través del punto de referencia.
Asimismo, se tomarán como criterios de prioridad si el estudiante tiene un hermano(a) matriculado(a) en un colegio público y/o si tiene una necesidad educativa especial asociada a discapacidad. Para los casos de discapacidad leve o moderada se debe solicitar una vacante en la modalidad de educación básica regular; si la discapacidad es severa, en la modalidad de educación básica especial. Es importante que toda esta información se señale en la solicitud.
Además, en el momento que se decida el traslado del estudiante y se le asigne la vacante correspondiente en un colegio público, la matrícula que se hizo originalmente en una institución educativa pública o privada pasará a la escuela pública donde se le ha asignado la vacante. En caso de que la familia desee posteriormente retornar a un colegio privado deberá realizar un nuevo proceso de traslado.
El Minedu garantiza que todas las niñas, niños y adolescentes del país tengan las mismas oportunidades de acceso y continuidad en el servicio educativo público. En ese sentido, el próximo año la o el estudiante que haya aceptado una vacante a través de la plataforma podrá continuar sus estudios en la educación pública.
Por otra parte, se recuerda a los padres de familia que los colegios privados no pueden impedir el traslado de matrícula por deuda ni retener las libretas o informes de calificaciones parciales de los estudiantes.
FUENTE: MINEDU
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